La empresa pública Paradores de Turismo de España S.A. deberá de readmitir a una trabajadora que fue despedida tras el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) del año 2013, que presentó a nivel nacional afectando a 350 trabajadores. En el centro de trabajo del Parador de Málaga Gibralfaro, este expediente afectó a un total de 25 personas. Entre las afectadas se encontraba dicha trabajadora, que en esos momentos estaba embarazada y tenía solicitada una reducción de jornada por cuidado de hijos. La misma fue asesorada por los servicios jurídicos de CCOO, e interpuso una demanda por despido nulo. Finalmente, la justicia ha dado la razón a la trabajadora y al sindicato, y tendrá que ser readmitida en los próximos días
El día 2 de enero del año 2013 se firmó en la empresa pública Paradores de Turismo de España S.A. un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) por el que se extinguían 350 contratos fijos. Entre estas extinciones se encontraba la de una trabajadora del Parador de Málaga Gibralfaro, que en el momento del despido disfrutaba de una reducción de jornada por razón de cuidado de hijos y se encontrada también embarazada. Dicha reducción de jornada fue otorgada por sentencia del Juzgado de lo Social Número 2 de Málaga el día 21 de febrero de 2011, tras haber sido negada por la empleadora y encontrarse en esos momentos la trabajadora embarazada.
«Este despido se hizo efectivo pese a la oposición del Comité de Empresa de CCOO en el Parador de Málaga Gibralfaro y de los miembros sindicales de la Comisión de Seguimiento del ERE, con el argumento de su embarazo y su reducción de jornada. Sin embargo, la empresa hizo caso omiso», ha criticado el delegado de personal de Gibralfaro y miembro del Comité Intercentro de Paradores por parte de CCOO, Vicente José Martín.
La trabajadora, asesorada por los miembros de CCOO del Comité de Empresa se puso en contacto con la Asesoría Jurídica del sindicato y se interpuso demanda por despido nulo. La Sala de lo Social de Málaga del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) dictó sentencia, el pasado 31 de octubre, en la cual falla lo siguiente: «Que debemos estimar y estimamos el recurso de suplicación interpuesto por la trabajadora contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Número 13 de Málaga con fecha 31 de marzo de 2016, en autos sobre despido seguidos a instancias de dicha recurrente contra Paradores de Turismo de España S.A .», « revocando la sentencia recurrida para declarar la nulidad de la extinción del contrato por causas objetivas acordada por la empresa demandada, condenando a la misma a la inmediata readmisión de la trabajadora en su puesto de trabajo y en las mismas condiciones que tenía antes del despido, con abono de los correspondientes salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido hasta la de la notificación de la presente sentencia ».
Ante ello, «desde CCOO ya hemos solicitado a la empresa que nos informe de la fecha de readmisión de la trabajadora y valoramos positivamente el resultado de esta sentencia». En este sentido Martín ha asegurado que «desde el principio no entendíamos cómo una empresa pública podía despedir a una trabajadora estando embarazada, que además estaba en reducción de jornada y concreción horaria por sentencia judicial». También ha informado que «la representación de los trabajadores de CCOO del Parador de Málaga Gibralfaro apoyó en todo momento a la trabajadora y creemos que esta sentencia es un logro importante no sólo para ella, sino para todas las trabajadoras de este país».